Nota de prensa de la Asociación Nacional para la Defensa del Derecho a la
Objeción de Conciencia (ANDOC), con motivo de las conclusiones de la
Subcomisión para la reforma de la ley del aborto.

Las conclusiones responden únicamente a motivos ideológicos, contradicen el
ordenamiento constitucional y carecen de justificación ética, médica, y
social.

1. La propuesta de una nueva ley de plazos para el aborto supone un cambio
trascendental, tanto en el modo de entender el aborto como en la posición de
los profesionales de la Sanidad, en particular, en su derecho a la objeción
de conciencia.

2. En la actualidad el aborto es un delito despenalizado en tres supuestos y
los facultativos que no lo realizan actúan estrictamente en el terreno de la
legalidad y de las normas deontológicas; si acaso, sólo cabría invocar la
objeción de conciencia para rechazar su intervención en los supuestos
despenalizados. La negativa al aborto no es, por tanto, de una "práctica
abusiva", sino una manifestación de "buena praxis", legal y
deontológicamente intachable. Al menos hasta este momento, pues con esa
reforma el aborto pasaría de ser un delito despenalizado en ciertos
supuestos a convertirse en un derecho limitado exclusivamente por unos
plazos; y como acto médico exigible, quedaría el objetor en una situación de
excepción.

3. A nuestro juicio, la futura ley contradice el ordenamiento constitucional
y carece de justificación ética, médica, y social: responde exclusivamente
a motivos ideológicos. Legalmente, porque incluir el aborto dentro de los
denominados "derechos reproductivos" es algo ajeno a las grandes
Declaraciones de Derechos internacionales aceptadas por todos los países
(las referencias a los "derechos reproductivos" aparecen en algunos
documentos internacionales aprobadas sin el consenso general); a nuestra
Carta Magna y a la doctrina constitucional, que establece, por un lado, que
la vida humana es un proceso continuo que comienza con la gestación y que
termina en la muerte"; y, por otra parte, que la objeción de conciencia es,
en este caso, un derecho que constitucional que no precisa para su ejercicio
de una regulación específica; entra en conflicto con la ética del médico
quien tiene como deber primordial cuidar la vida humana (artículo 4 Código
Ética Médica); obliga a muchos facultativos a proceder en contra de lo que
ven y experimentan a diario en su trabajo: que dentro del seno de una
embarazada hay alguien, no algo. Socialmente es muy dudoso que responda a
una demanda social: en cualquier caso, la opacidad y precipitación con que
ha procedido la Subcomisión, ha hurtado al debate a los ciudadanos.

4. Los presupuestos en que se fundamenta para regular la objeción de
conciencia médica no se corresponden con la realidad.
a) no existe una objeción de conciencia institucional, sino una mayoría
de médicos y personal auxiliar que individualmente, por motivos legales
(apoyados en sentencias), científicos y éticos, se niegan a participar en un
aborto;
b) No es está claro a qué CC.AA. se refiere la propuesta: salvo raras
excepciones, la mayoría lleva apoyando el aborto desde hace años, negando
iniciativas promovidas para ayudar a las mujeres embarazadas, y facilitando
la labor -a través de entidades oficiales o cuasi oficiales- a las clínicas
abortistas.

5. Sería muy deseable que los promotores de esa ley se preguntaran, con
honestidad, si la "desvalorización del aborto" se debe, sólo, a los
"obstáculos" de los médicos objetores o la falta de apoyo de las Comunidades
Autónomas, o más bien, a que causa un daño a la mujer, acaba con una vida
humana, empobrece moralmente a una sociedad e incentiva una actividad tan
sórdida como el negocio del aborto.

6. Los términos de la propuesta parecen no tener otro objetivo que hacer
"entrar por el aro" a los médicos objetores, abocarles al dilema de plegarse
a una ideología o cargar con las consecuencias laborales o profesionales
correspondientes. La situación actual de los médicos españoles no ofrece
demasiada escapatoria, toda vez que la mayoría son empleados de la sanidad
pública.

7. Mucho nos tememos que el Gobierno, para asegurar el buen "servicio",
acabe instaurando una especie de "cuerpo" de facultativos dedicados a tales
menesteres: recurriendo, incluso, a la "experiencia" de quienes trabajan en
las clínicas privadas de IVE, ofreciéndoles, eso sí, un salario competitivo.
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8. Violentar la conciencia de cualquier persona, especialmente de aquellos
que ejercen una profesión con tanta carga humana, es un gravísimo atentado a
la libertad. Tenemos, no obstante, la convicción de que estas circunstancias
servirán para que los profesionales de la Sanidad se reafirmen en su
vocación de servicio a la vida, especialmente la de los más débiles y
necesitados, y defiendan con hechos, su libertad y dignidad profesionales.

22 de febrero de 2009

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