Paternidad condicional
El antaño cuando seas padres comerás huevos, se torna hoy por dejarás de comer huevos cuando dejes de ser padre. La paternidad condicional la confiesan cada vez más padres fuera de sus casas, pendiendo de la espada de Damocles del repudio normalizado en el divorcio exprés. Caídas las negras togas se formaliza la expropiación de paternidad.
El padre que sólo desea estar y cuidar a sus hijos será requerido por el orfandador a una de las tres preguntas mínimas tipo: ¿de usted sólo me interesa saber cuanto gana realmente?. Nada más se quiere saber de él. De las otras dos, a la madre, una sólo le pone en boca que si no trabaja y su menor cualificación, justificación de la pensión.
La tercera ignominiosa cuestiona incluso al padre y los sentimientos -nueva forma jurídica de los tiempos- preguntándole a la futura dueña única de los hijos: ¿Sus hijos quieren a su padre, lo rechazan?. Nada más, c'est fini. La paternidad condicional se transforma en visitación perpetua, el padre podrá visitar a los hijos de "su" madre en las condiciones impuestas por el dueño máximo de la neofamilia creada.
Divorcio exprés más allá de que la muerte los separe, que nunca los separará de forma pecuniaria. Lo que Dios unió no lo separó totalmente el divorcio exprés, mediante la pensión vinculante. Mutatis mutandis, el Gobierno ha aprobado que la pensión no se acaba después de muerto, mutando en pensión de viudedad para la perceptora de pensión compensatoria. Lo venía declarando el Constitucional sin repudio de por medio.
De orfandad virtual a orfandad real. Lo raro es que no existan pronunciamientos que proclamen que los hijos tienen el derecho a ser cuidados y educados al igual por padre y madre (custodia compartida) aunque estén separados; con miles de ex-padres ninguneados para 12.000 casos al año no admitidos el TC por carecer de interés constitucional debiendo ser reformada la ley que regula el Tribunal (Mª Emilia Casas dixit).
José Carlos Navarro Muñoz.


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